Resuelve TEECH Juicio de Inconformidad y Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 07 de febrero de 2018.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), en sesión pública, discutió el proyecto se resolución correspondiente al expediente TEECH/JI/007/2018 y su acumulado TEECH/JI/009/2018, promovidos por el representante propietario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra de la negativa del Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), respecto de la solicitud de ampliación del periodo para la acreditación de representantes ante los Consejos Distritales y Municipales Electorales, así como los oficios IEPC.SE.DEAP.062.2018 e IEPC.SE.DEAP.065.2018 suscritos por la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas de dicho instituto.
En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:
- Se revoca la determinación consistente en la negativa efectuada por el Consejo General del IEPC, respecto a la solicitud de ampliación del periodo para la acreditación de representantes ante los Consejos Distritales y Municipales Electorales de ese Organismo Electoral, así como el contenido de los oficios IEPC.SE.DEAP.062.2018 y IEPC.SE.DEAP.065.2018 por los razonamientos expuestos en la sentencia*.
- Por lo anterior, se le concede al IEPC, un plazo de cuarenta y ocho horas hábiles contadas a partir de la legal notificación de la sentencia, a efecto de que decrete la procedencia de la solicitud de ampliación del periodo para la acreditación de representantes ante los Consejos Distritales y Municipales Electorales de ese Organismo Electoral, efectuada por el partido político actor; y una vez cumplida la prevención hecha al actor, deberá realizar las acciones relativas al otorgamiento de dicha acreditación*.
- Debiendo otorgar al PRD un término prudente para que presente ante la Oficialía de Partes del IEPC, la solicitud de acreditación de Representantes ante los Consejos Municipales y Distritales Electorales, de conformidad con el numeral 7, APARTADO II, de los Lineamientos para la acreditación de Representantes ante los Consejos Electorales del IEPC.
Por otra parte, el Pleno resolvió el expediente TEECH/JDC/018/2018, promovido por un ciudadano, en contra de la resolución IEPC/CG-R/003/2018, emitida por el Consejo General del IEPC, por medio de la cual se decreta la improcedencia de su manifestación de intención para obtener la calidad de aspirante a candidato independiente para la elección de Diputado Local por el Distrito Electoral 1, lado Oriente, con cabecera en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:
- En lo que fue materia de impugnación, se confirma la resolución IEPC/CG-R/003/2018, emitida por el Consejo General del IEPC, con base en lo expuesto en la sentencia.
*IMPORTANTE: Una vez notificadas las partes, usted podrá consultar la sentencia ya publicada en nuestra página oficial http://www.tribunalelectoralchiapas.gob.mx/sentencias.html
Síguenos en Twitter @te_chiapas , y en Facebook @TEECHIAPAS