Resuelve TEECH Juicios de Inconformidad y Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 28 de marzo de 2018.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), en sesión pública, discutió el proyecto de resolución correspondiente al expediente TEECH/JI/028/2018, promovido por José Francisco Hernández Gordillo, Representante Propietario del partido político Acción Nacional, en contra del Acuerdo IEPC/CG-A/035/2018 emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), por el que se modifica el Convenio de Coalición para la Elección a la Gubernatura del Estado de Chiapas, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018, derivado de la renuncia y/o retiro y/o separación total de los partidos políticos Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas.
En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:
- Se confirma el acuerdo IEPC/CG-A/035/2018, emitido por el IEPC, ya que los partidos políticos cuentan con autonomía interna en sus decisiones y pueden coaligarse o separarse del Convenio respectivo siempre y cuando lo autorice el órgano interno del partido político correspondiente, así como el Consejo General del IEPC; así también por los argumentos expuestos en la sentencia*
Asimismo, el Pleno resolvió los expedientes TEECH/JDC/025/2018 y TEECH/JDC/026/2018, acumulados, promovidos por Nelson Hernández Avilés, en su calidad de militante del partido político MORENA, en contra de la omisión de emitir acuerdos de admisión dentro de los términos que establecen los Estatutos de MORENA, respecto de las quejas presentadas en contra de Magdalena González Esteban y Zoila Rivera Díaz, radicadas con las claves CNHJ-CHIS-180/18 y CNHJ-CHIS-181/18, respectivamente.
En consecuencia, en el Juicio Para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:
- Se ordena a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, que en el término de dos días hábiles, contados a partir de que surta efectos la legal notificación, admita las quejas presentadas por Nelson Hernández Avilés, en contra de Magdalena González Esteban y Zoila Rivera Díaz, radicadas con los números de expedientes CNHJ-CHIS-180/18 y CNHJ-CHIS-181/18; salvo que se acredite alguna causal de improcedencia, de conformidad con las normas estatuarias correspondientes por las razones asentadas en la sentencia*.
Así también, el Pleno resolvió el expediente TEECH/JDC/035/2018, promovido por Horacio Culebro Borrayas, en su calidad de ciudadano y aspirante a Candidato Independiente para la Gubernatura de Chiapas, en contra de la negativa atribuida al Consejo General del IEPC, de exhibir en la audiencia celebrada los días trece, catorce y quince de marzo de este año, de manera física las mil setecientos noventa y ocho cédulas de apoyo ciudadano que le fueron invalidadas por estar duplicadas.
Así también, el Pleno resolvió el expediente TEECH/JDC/035/2018, promovido por Horacio Culebro Borrayas, en su calidad de ciudadano y aspirante a Candidato Independiente para la Gubernatura de Chiapas, en contra de la negativa atribuida al Consejo General del IEPC, de exhibir en la audiencia celebrada los días trece, catorce y quince de marzo de este año, de manera física las mil setecientos noventa y ocho cédulas de apoyo ciudadano que le fueron invalidadas por estar duplicadas.
- Se desecha de plano el Juicio al advertirse que ha quedado sin materia, asimismo, por los argumentos expuestos en la sentencia.
*IMPORTANTE: Una vez notificadas las partes, usted podrá consultar las sentencias ya publicada en nuestra página oficial http://www.tribunalelectoralchiapas.gob.mx/sentencias.html
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