Tribunal Electoral del Estado de Chiapas

Resuelve TEECH Juicios de Inconformidad y Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano


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Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 30 de enero de 2018.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), en sesión pública, discutió el proyecto se resolución correspondiente al expediente TEECH/JI/051/2017, promovido por el representante Legal de Exportadora de Chiapas, S.A. de C.V., en contra de la resolución emitida por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), dictada dentro del expediente IEPC/CQD/Q/PE/DEOFICIO/CG/007/2017, en el que acusan a la empresa por promoción personalizada del Informe Legislativo de un funcionario del Congreso del Estado.

En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Por otra parte, el Pleno resolvió el expediente TEECH/JI/053/2017, promovido por una ciudadana en contra del acuerdo emitido por la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEPC, por el que se decretó el sobreseimiento del Procedimiento Ordinario Sancionador IEPC/CQD/Q/MJGV/020/2017 y sus acumulados, instaurado en contra de un diputado del Congreso del Estado de Chiapas, por presunta promoción personalizada, actos anticipados de campaña y uso de recursos públicos.

En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Así también, este órgano colegiado resolvió el expediente TEECH/JDC/003/2018 y sus acumulados TEECH/JDC/004/2018 y TEECH/JDC/005/2018, promovidos por un ciudadano en contra del Consejo General del IEPC, por la omisión de dar respuesta a su escrito de 10 de enero de 2018, en el que solicitó al referido instituto, exija a diversas instituciones bancarias la apertura de la cuenta bancaria que se requiere en los Lineamientos que regulan el Procedimiento para el Registro de Candidaturas Independientes a los cargos de Gobernadora o Gobernador, Diputadas y Diputados Locales por el principio de mayoría relativa y miembros de Ayuntamiento para el Proceso Electoral local 2017-2018; asimismo, el oficio IEPC.SE.DEAP.041.2018, por medio del cual el instituto demandado le niega una prórroga para realizar los ajustes a las inconsistencias señaladas por la autoridad responsable relativas a la cuenta bancaria y al acta de protocolización de la Asociación Civil “Habitemos Chiapas”.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

En otro asunto, el Pleno resolvió el expediente TEECH/JDC/006/2018 promovido por un ciudadano, en contra de la negativa del Presidente del Consejo Municipal Electoral de la Concordia, Chiapas, de recibir la carta de intención como Candidato Independiente, en razón de no contar en ese momento con cuenta bancaria, que se encontraba en trámite, sin dar oportunidad a requerimiento legal de dicho documento.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Asimismo, el Pleno resolvió el expediente TEECH/JDC/008/2018, promovido por un ciudadano en contra del Consejo General del IEPC, al emitir el oficio número IEPC.SE.033.2018, en el que se anexa resolución IEPC/CG-R/003/2018, sobre la improcedencia de diversas solicitudes de registro como aspirantes a candidaturas independientes para la elección de gubernatura del estado, diputaciones locales y miembros del Ayuntamiento en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

De la misma forma, este órgano jurisdiccional resolvió el expediente TEECH/JDC/009/2018, promovido por un militante del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra del Acuerdo IEPC/CPAP/A-003/2018, referente a la modificación de los Lineamientos al que deberán postularse los partidos políticos que pretendan postular candidatos bajo la modalidad de candidatura común en las elecciones de Diputados locales y miembros de Ayuntamientos en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Además, el Pleno resolvió el expediente TEECH/JDC/010/2018, promovido por un aspirante a candidato independiente al cargo de Presidente Municipal, en contra del plazo de setenta y dos horas que le otorgó el Consejo Municipal Electoral de Huehuetán, Chiapas, para presentar acta constitutiva que acredite la creación de la persona jurídica colectiva constituida en la Asociación Civil inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, así como del contrato de apertura de cuenta bancaria a nombre de la persona jurídica colectiva.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Igualmente, el Pleno revolvió el expediente TEECH/JDC/011/2018, promovido por un aspirante a candidato independiente al cargo de Presidente Municipal de Tuxtla Chico, Chiapas, en contra del Consejo General del IEPC, al emitir el oficio IEPC/C6-R/003/2018, donde se niega el registro como aspirante a candidato independiente por dicho municipio.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Para finalizar, el Pleno resolvió el expediente TEECH/JDC/056/2017 y su acumulado TEECH/JDC/057/2017, promovidos por los Presidentes Municipales en funciones de los municipios de Soyaló y Tonalá, Chiapas, en contra del acuerdo IEPC/CG-A/057/2017 dictado por el Consejo General del IEPC, por el que se da respuesta a las consultas efectuadas por los Presidentes Municipales; asimismo, el acuerdo IEPC/CG-A/058/2017, por el que se emiten los Lineamientos que Regulan el Procedimiento de Elección Consecutiva y/o Reelección a los Cargos de Diputados locales y Miembros de Ayuntamiento para el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

*IMPORTANTE: Una vez notificadas las partes, usted podrá consultar la sentencia ya publicada en nuestra página oficial http://www.tribunalelectoralchiapas.gob.mx/sentencias.html

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