Tribunal Electoral del Estado de Chiapas

Revoca TEECH acuerdos emitidos por el IEPC


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Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 30 de septiembre de 2019.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) resolvió en sesión pública el proyecto de resolución correspondiente a los siguientes medio de impugnación:

Expediente TEECH/JI/10/2019, promovido por Harvey Gutiérrez Álvarez, en contra del Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas (IEPC), por la resolución del 24 de junio de 2019, dentro del Procedimiento Ordinario Sancionador IEPC/PO/CQD/Q/DEOFICIO/002/2019. El actor expresó como agravio la falta de debida fundamentación y motivación al desestimar los alegatos de defensa, así como la violación al artículo 14 constitucional, por la indebida interpretación y aplicación de los artículos 273, numeral 1, fracción I; y 275, numeral 1, fracción I del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, es decir, violación al principio de legalidad en su vertiente de exacta aplicación a la ley.

En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Expediente TEECH/JI/13/2019, promovido por Martín Darío Cázarez Vázquez, en su carácter de Representante Propietario del Partido Político MORENA, acreditado ante el Consejo General del IEPC, por la emisión del acuerdo IEPC/CG-A/027/2019, de 15 de julio de 2019. La pretensión del actor consiste, en que se revoque el acto impugnado consistente en el Acuerdo IEPC/CG-A/027/2019, emitido por el Consejo General del IEPC, por el que a propuesta de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, se da respuesta a las solicitudes planteadas por la organización “Pensemos en Chiapas” y se aprueba la modificación de los numerales 2 y 3 del Artículo 25, del Reglamento para el Registro de Partidos Políticos Locales en el Estado de Chiapas.

En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Expediente TEECH/JI/014/2019, promovido por Martín Darío Cázarez Vázquez, en su carácter de Representante Propietario del Partido Político MORENA, acreditado ante el Consejo General del IEPC, en contra del citado Consejo General, por la emisión del acuerdo IEPC/CG-A/2019, emitido el 16 de agosto de 2019. La pretensión del actor consiste en que se deje sin efectos el nombramiento de Jesús Eduardo Velasco Arriaga, como Jefe de la Unidad Técnica de Planeación del IEPC.

En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

*IMPORTANTE: Una vez notificadas las partes, usted podrá consultar las sentencias ya publicada en nuestra página oficial http://www.tribunalelectoralchiapas.gob.mx/sentencias.html

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